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ME DESPIDIERON Y NO SE QUE HACER…


Cuando se trata de reformas legales, los primeros en enterarse son los grandes corporativos, que, a fin de evitar problemas de carácter legal, tiene por principal objetivo la de respetar y cumplir con las nuevas reglas, en este caso laborales; pues cuenta con despachos de abogados, que como nosotros los asesoran para cumplir de manera respetable con todas las disposiciones jurídicas que corresponda; pues si bien, todas las reformas de carácter legal, deben ser divulgadas en los periodos y diarios oficiales que se ponen a disposición para conocimiento de todos; lo cierto, es que es algo que todas las personas conozcan y muchas veces el uso de esos medios de información llegan a ser complicados de usar.


Es por eso, que el día de hoy te brindaremos información que te permitirá, de manera oportuna, hacer frente a los principales problemas que puedes presentar dentro del trabajo, evitándote así el que tengas que elegir de entre toda la fila, el despacho de abogados que más confianza te pueda inspirar.


¿QUÉ ES LO QUE SE HACÍA?

Cuando hablamos de demandas laborales, inmediatamente llega a tu mente “JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE”, pues aunque no muchos han tenido que estar ante una, si se sabe que es ante las Juntas de Conciliación, donde se resuelven los problemas de carácter laboral, sin embargo, esto ha cambiado desde las ultimas reformar laborales; pues a causa de la extensa carga de trabajo que las juntas han tenido, y el deficiente desenvolvimiento que estas han mostrado a lo largo de su existencia, se ha decidido, que las mismas sean relevadas de su obligación para resolver conflictos de carácter laboral, para que pasara a ser cargo de los “TRIBUNALES LABORALES”. Este cambio no vino solo, pues trajo consigo algunos otros cambios que posteriormente será motivo de otro artículo.


LO QUE YA NO SE DEBE HACER:


Anteriormente; lo convencional, cuando se presentaba un conflicto de carácter legal en materia de trabajo, las personas inmediatamente optaban por localizar un despacho de confianza que pudiera resolver todas sus dudas y en su caso los representara y defendiera en sus problema laborales. Muchas veces el resultado de dichas asesorías legales, resultaban en la elaboración y presentación de demandas, y muchos otros en la instrucción de que acudir ante la PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, como una base y oportunidad previa a iniciar un proceso litigioso; a través de la conciliación.


YA ES COSA DEL PASADO.


Quien ya ha llevado un proceso de carácter laboral o quien actualmente se encuentre sujeto a uno, sabrá que los mismos son tardados, engorrosos y muchas ocasiones decepcionantes, pues no se siente que la justicia respalde los derechos laborales, y por el contrario, existe total incertidumbre en el resultado de nuestros casos; esto, es algo que promete quedarse en el pasado, con la última reforma laboral.


¿QUÉ DEBEMOS HACER HOY DÍA?.


EL VERDADERO MOTIVO.


¿Han escuchado? “Vale más un mal arreglo que un buen pleito”, es una frase que generalmente representa una infalible realidad, y si bien, buscar un arreglo, puede tener un sabor un poco amargo, lo cierto; es que esa sensación ha sido generada, muchas veces por la mala información que se ha ido difundido a lo largo de los tiempos, que ha generado que muchas personas tengan la expectativa de que una demanda laboral podría darles una jubilación adelantada, apostando el todo por el todo. Sin embargo, los cuantiosos laudos laborales, han sido parte del pasado desde ya mucho tiempo atrás, y hoy solo puede verse exuberantes condenas, cual estrellas fugaces; una cada cierto lejano tiempo; pues han existido diversas reformas laborales que han puesto cierto límite al pago de las ilimitadas indemnizaciones que antes existía en favor de los trabajadores, pero, además, el propio sistema se ha torcido las posibilidades de éxito, al límite de procesos laborales eternos.


LA ULTIMA ESTRATEGIA.


Parte de las estrategias implementadas en búsqueda de una verdadera justicia social e impartición de justicia, se ha enfocado precisamente en buscar, buenos tratos o acuerdos conciliatorios a través de los llamados CENTROS DE CONCILIACIÓN LABORAL.


Ahora, ya no será necesario que busques entre las listas, un despacho de abogados que pueda asesorarte en tus problemas laborales, si es que así lo decides. Pues con algunas salvedades, ya resulta obligatorio acudir ante los centros de conciliación previo a iniciar un procedimiento judicial, es decir, antes de demandar; esto se encuentra contemplado en el artículo 684-B de la Ley Federal del Trabajo. En los centros de conciliación laboral, se promete resolver de manera satisfactorias los problemas laborales sin que se tenga que acudir a una demanda.


"Antes de acudir a los Tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación correspondiente para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, con excepción de aquellos supuestos que están eximidos de agotarla, conforme a lo previsto en esta Ley".

CASOS DE EXCEPCIÓN.


¿Cuáles son las excepciones contempladas en la ley Federal del Trabajo, que te permiten brindar la conciliación forzosa?. Según le Ley Federal del Trabajo, estas son los principales conflictos laborales donde no será necesario agotar la conciliación:


I. Discriminación en el empleo y ocupación por embarazo, así como por razones de sexo,

orientación sexual, raza, religión, origen étnico, condición social o acoso u hostigamiento

sexual;

II. Designación de beneficiarios por muerte;

III. Prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez,

vida, guarderías y prestaciones en especie y accidentes de trabajo.


LOCALIZA TU CENTRO DE CONCILIACIÓN DE TU LOCALIDAD.


Si no te encuentras en los supuestos de excepción que se contemplan en la Ley Federal del Trabajo, en el artículo Artículo 685 Ter y que te hemos listado anteriormente; entonces, será necesario que localices el Centro de Conciliación que se encuentra en tu localidad.


Para localizar tu cetro de conciliación, es necesario que sigas las siguientes instrucciones:


1.- entres en el siguiente enlace: https://centrolaboral.gob.mx/


2.- Busques e ingreses a la opción que dice “ Conciliación Laboral”.





3.- Selecciona la entidad federativa que te corresponda:


4.- Listo; inmediatamente obtendrás los datos de localización del centro de conciliación que se encuentre más cercano a tu localidad.


¿CUAL ES EL PROCESO DE CONCILIACIÓN?.

Estando en tu centro de conciliación, es necesario que conozcas lo siguiente:


1.- Debes presentar tu solicitud de conciliación, por eso, debes de tener en la mano tu CURP, Identificación Oficial, Domicilio actual vigente, Nombre de la Persona o empresa ante la que prestaste tus servicios laborales, Domicilio de la Persona o la empresa con la que trabajaste.


2.- Te informaran del día y la hora en que se te asignó para que se lleve a cabo la audiencia de conciliación, misma que también será notificada a tu centro de trabajo.


3.- Si el día de la audiencia, se llega a un acuerdo, se tendrá por terminada la controversia y se elaborará un convenio que será ratificado ante el centro de conciliación, del que te entregarán una copia.


4.- Si se llega a un acuerdo conciliatorio o no asiste el patrón, el Centro de Conciliación te emitirá una constancia donde se hará constar que ya has agotado la conciliación, misma que te dará la oportunidad de presentar tu demanda, para que se inicie un proceso judicial contra tu patrón. En ese supuesto, será necesario contar con un abogado que te asesore y represente en el proceso.



"En Martin Ávila Abogados, nos esforzamos por brindarte todas las herramientas que necesitas para poder hacer frente a este inicio de año 2022, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para que podamos resolver todas tus dudas legales."
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