top of page

¿QUÉ ES EL DIVORCIO UNILATERAL?

Actualizado: 12 ene 2021

“Quiero que me des el divorcio”; esa es una frase que indudablemente hemos escuchado en más de una ocasión, y que para muchos significa el inicio de una nueva historia.


A lo largo de nuestra historia jurídica, nuestra legislación mexicana siguiendo el principio de progresividad que mandata nuestra Constitución Política Mexicana, ha sufrido una serie de constantes cambios, siempre buscando el garantizar los derechos de las mujeres y los hombres, y fin de que sea de acceso de todos.


Cuando se trata de divorcios, no tenemos una excepción, pues por cuanto hace al Estado de Quintana Roo (y de otras entidades federativas) hemos pasado de los divorcios necesarios, divorcios incausados, a hoy día, con la última reforma del Código de Procedimientos Civiles del Estado de fecha 14 de junio del 2019, lo que se conoce como DIVORCIOS UNILATERALES.


¿Pero que es el divorcio unilateral?. Antes de contestar esa pregunta, es necesario entender al divorcio, como la institución jurídica contemplada en nuestro Código, por conducto de la cual los cónyuges o consortes, extinguen la sociedad conyugal, ya sea que exista o no comunidad de bienes; o como generalmente se le conoce, ya sea que exista o no bienes mancomunados.


El divorcio unilateral, en este caso, es el camino que trazó el legislador, para que se pueda alcanzar lo que para unos sería cerrar un ciclo; y para otros la oportunidad de un nuevo comienzo, pues te permite contraer nuevas nupcias.


En el divorcio unilateral, la tan afamada frase “telenovelezca” donde el hombre o la mujer con animo de drama expresan "NO TE FIRMARE EL DIVORCIO" ya no tiene cabida, pues se trata de un proceso DONDE ÚNICAMENTE BASTA LA VOLUNTAD de uno de los cónyuges, PARA QUE EL JUEZ LO OTORGUE, esto a través de una resolución donde decrete la disolución del vínculo matrimonial, es decir el divorcio.


No obstante, aunque se trata de un proceso expedito, y más sencillo; NO SE ENCUENTRA EXENTO de tener que respetar las formalidades contempladas en el Código Procesal, es decir, se tiene que cumplir con previos requisitos para poder acceder a los beneficios del divorcio unilateral.


¿Qué requisitos debo de cumplir?


Siempre se tiene que acompañar copia certificada del Acta de Matrimonio y de las actas de nacimiento de los hijos menores de edad si es que existen; pero además, se tiene que exhibir un convenio donde el cónyuge quien promueve el divorcio hace una propuesta respecto a la forma de repartir los bienes en caso de que existan, quien tendrá la guarda y custodia del menor o menores de edad si es que existen, pago de alimentos y formas de garantizarse, quien habitará el domicilio conyugal, entre otras cosas.


¿Qué pasa si mi esposo o esposa no acepta la propuesta de convenio?


La propuesta de convenio es un mecanismo previsto en nuestra legislación que tiene por fin, si es aceptado por los dos cónyuges, de ahorrar llevar un proceso más tardado y complejo para resolver todas las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial. Es decir, existe la posibilidad de que ambas partes en el divorcio se pongan de acuerdo respecto a los bienes, los hijos y demás derechos y obligaciones que nacen con el matrimonio. Si no se acepta la propuesta de convenio, y la parte que demanda el divorcio sostiene sus intenciones de divorciarse, SE DECRETARÁ LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL, quedando salvo los derechos de ambas partes, para que demanden uno del otro en el plazo legal concedido, todo aquello que es consecuencia del matrimonio, lo cual será resuelto por el juez después de escuchar a las partes y valorar las pruebas que se hayan ofrecido.


¿Qué pasa si el o ella no vive en la misma ciudad que yo?


Es muy común hoy día, que las parejas se separen y cambien de residencia, pareciendo una odisea el poder alcanzar un divorcio; no obstante, basta con conocer su fuente de trabajo o su domicilio actual no importando en qué estado de la república se ubique, para lograr continuar con el divorcio unilateral. En caso de no conocer su actual ubicación, la ley nos permite el hacer una búsqueda por conducto de diferentes dependencias, con el fin de que estas nos informen si tiene conocimiento de domicilio a nombre de la persona buscada. Agotada la búsqueda y no lograda su localización, se procede en emplazar a la parte contraría por conducto de publicaciones de edictos en un periódico de mayor circulación en el Estado, para finalmente continuar con el divorcio unilateral.


¿Qué pasa con los bienes cuando existe un régimen de separación de bienes?


La regla general dicta que cada cónyuge se quede con los bienes que cada quien haya obtenido durante el matrimonio, no obstante, si cualquiera de los cónyuges se dedicó preponderantemente al trabajo del hogar o al cuidado de los hijos, no habiendo obtenido bienes o los obtenidos sean notoriamente inferiores al de su contraria, tiene el derecho de pedir hasta un 50% del valor de los bienes obtenidos por el cónyuge aventajado durante la vigencia del matrimonio, esto en concepto de indemnización.



El matrimonio siempre será la base de una buena sociedad, sin embargo, siempre que exista entre los cónyuges la intención de querer divorciarse, la mejor recomendación es que se haga buscando un arreglo voluntario y amistoso; caso contrario, siempre busca el apoyo de un abogado. En Martín Ávila Abogados, nuestro principal objetivo es evitar que vivas una tortuosa experiencia en tu proceso de divorcio, al tiempo de buscar aquello que por ley tienes derecho a recibir.

488 visualizaciones0 comentarios
instagram-png-instagram-png-logo-1455.png
bottom of page