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ARRENDAMIENTO

Georgina tiene varios locales comerciales en renta y a lo largo de los años, ha tenido diversos problemas con los arrendatarios; donde se destaca la falta de pago de rentas, la entrega de los inmuebles al vencimiento del contrato y la reparación de los daños que casi siempre dejan los ocupantes. Después de la elaboración de Contratos de Arrendamientos vinculantes y la constante asistencia legal de nuestra parte, Dolores no ha tenido que preocuparse mas por la renta de sus locales.

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INCUMPLIMIENTO

Diseñame es una empresa que se dedica a la creación y distribución de ropa. Esta celebró un contrato de Promesa con María, para que en fecha determinada le entregara en arrendamiento uno de sus locales, y para tal efecto le fue dado lo equivalente a seis meses de renta por adelantado; llegada la fecha Lulu no entregó el local en renta ni tampoco restituyó el monto que le fue entregado. Después de entablar una demanda por incumplimiento de contrato, no solamente se logró la restitución del numerario que fue entregado por adelantado, si no también se condenó a Lulu, al pago de Daños y Perjuicios Ocasionados.

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PRESTAMO

A José le otorgaron un préstamo o mutuo, y garantizó el pago del mismo hipotecando uno de sus inmuebles. Acudió a nosotros con la demanda en mano, donde se le reclamaba el pago del préstamo, Intereses Ordinario, Moratorios, y Gastos y Costas. Después de estudiar el caso y establecer su estrategia de defensa, se logró la nulidad del Contrato de Mutuo con garantía Hipotecaria por no cumplir con elementos de legalidad; a consecuencia solo tuvo que restituir el monto que le fue otorgado como préstamo.

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DESALOJO

Franco, había tenido problemas con el inquilino de su casa, que con la venida de la pandemia COVID-19, se había excusado de pagar las rentas, debiendo más de 6 meses en el pago de las mismas, más las respectivas cuotas condominales. Para Franco, cobrar las rentas pendientes y las que se seguían generando resultaba imposible. Anteriormente Franco ya había sido asesorado por otros Abogados, quienes lo convencieron que su caso estaba perdido y no podía hacer mucho. Al llegar a nuestras manos, le planteamos la estrategia que debía seguirse en esos casos; quien la acepto no estando muy convencido de la misma. Después del ejercicio de las acciones legales necesarias, y la notificación que fue dada al inquilino para el pago de las rentas pendientes y la desocupación de la propiedad en el lapso de 30 días, a este no le quedo más remedio que aceptar los términos del acuerdo que le ofrecimos, para que desocupara lo antes posible el inmueble y se beneficiaria con la condonación de meses pendientes de renta.

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